[also posted today on sister blog, Fr. Marcial Maciel, Pedophile, Psychopath and Legion of Christ Founder]
See bunch of Spanish language news items by Goggling "Corte estableced abuso sexual en el caso John O'Reilly". Use link.
Below text is from El Mercurio and was brought to our attention by an LC priest on the way out
Appellate court orders house arrest but denies incarceration requested by prosecutor.
Asunto: Corte establece existencia de abuso sexual en caso O'Reilly y ordena arresto domiciliario
"COURT ESTABLISHES EXISTENCE OF SEXUAL ABUSE IN THE O'REILLY CASE AND ORDERS HOUSE ARREST" , says Headline
Blogger say:
from the body of the article and careful reading of previous articles: this temporary decision to keep tabs on the padre through the end of the judicial process; does not constitute a final judgement because the judicial process in ongoing. Chilean headlines in this case have tended to be sensationalist and do not always reflect the content of the article or the reporting -some condemn and others absolve, prematurely. Fr. O'Reilly is under house arrest and must remain in his adopted Chile (until the case runs its course and a final decision is made).
Corte establece existencia de abuso sexual en caso O'Reilly y ordena arresto domiciliario
Corte establece existencia de abuso sexual en caso O'Reilly y ordena arresto domiciliario
El tribunal de alzada, sin embargo, consideró excesiva la medida de prisión preventiva para el sacerdote solicitada por la Fiscalía.
Foto: El Mercurio
SANTIAGO.- La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió dejar con arresto domiciliario total al sacerdote John O'Reilly formalizado por supuestos abusos sexuales a dos menores al interior del colegio Cumbres de Las Condes. El religioso se encontraba en libertad y sin medidas cautelares, lo que fue revocado por el tribunal de alzada que estimó que con los antecedentes recabados hasta esta instancia procesal "es posible dar por acreditado la existencia de los hechos y la presunta participación del imputado en los mismos". Asimismo, estableció que la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público era una medida excesiva. Sin embargo, acogió la petición respecto a que el religioso no podrá acercarse a las supuestas víctimas ni sus familiares, así como tampoco a establecimientos educacionales donde acudan menores de edad. Al término de los alegatos, el defensor Luis Hermosilla aseguró que su representado estaba tranquilo a la espera de la resolución de la corte y enfatizó su intención de llegar luego al juicio oral para demostrar su "total inocencia". "No nos queda otra cosa que acatar la decisión de la Corte", dijo, recalcando que las presunciones fundadas respecto a la existencia del delito que estableció el tribunal, sólo responden al estándar exigido en esta etapa procesal ya que "basta con poca prueba para poder hacer esa afirmación y no es la evidencia que se necesita en un juicio oral". Asimismo aclaró que "no es que se esté diciendo que el hecho punible se encuentre acreditado en términos que sea condenado o que haya antecedentes que acrediten su participación como autor de esos hechos. Es un juicio probabilístico y superficial para estas alturas de la investigación". El querellante José Ignacio Escobar, por su parte, se mostró satisfecho con el fallo, destacando que dicha resolución revoca principalmente la decisión de la jueza del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, Andrea Díaz-Muñoz, "en el sentido que ratifica que sí existen indicios suficientes respecto de la existencia de los hechos y la participación culpable de este imputado". "Además impone la medida cautelar que es muy intensa lo que garantiza que este juicio se va a llevar a cabo y allí lograremos acreditar las imputaciones que se han vertido el día de hoy".
En la instancia, Escobar también se refirió a la situación de las víctimas y su familia, detallando que "han pasado por una situación que ha sido tremendamente dolorosa, ellos siguen con sus menores en tratamiento, pero ellos tienen mucha confianza en la acción de la justicia y esta resolución ratifica la creencia que han tenido ellos en el sistema y van a seguir haciéndolo hasta llegar al juicio definitivo". La semana pasada, la jueza del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago desestimó la existencia del delito y la participación del imputado, ante lo cual la Fiscalía Oriente recurrió a la Corte de Apelaciones por considerar que la medida cautelar de prisión preventiva era la única pertinente por la gravedad del delito.
Por eso este miércoles se llevó a cabo la revisión de las medidas cautelares